lunes, 31 de diciembre de 2012

El sentido de la vida

La vida tiene un sentido y su sentido es la trascendencia al prójimo...

Sistema de Justicia Penal para ciudadanos


Sara Mendoza  viuda de Hernández, en una obra sencilla y profunda a la vez, había aprendido que existe una configuración social. La cual, vista de arriba hacia abajo, se compone con nueve estamentos sociales: señores, clérigos, comerciantes, industriales, banqueros, obreros, paracaidistas, campesinos e indígenas. Los profesionista y maestros se ubican dentro del estamento de los clérigos.

Por supuesto, en su momento, le importó mucho la síntesis expuesta, pero ahora buscaba una manera de mostrar a Fernando y a Ximena que sus discusiones parecían suspendidas en el aire. Que carecían de sustento en la vida real. Era necesario que lo supieran, pues pensaban y sentían que el mundo giraba en torno a ellos dos. Ellos eran el ombligo del universo. Dos corazones generosos, dos inteligencias brillantes, pero ignorantes de las distintas visiones que pueden existir de las cosas del derecho.

Hablaban por hablar, pues quienes finalmente decidían eran los señores. Los clérigos buscaban con afán mil formas de echar incienso a los señores. Los comerciantes, industriales y banqueros, con la ilusión de llegar a ser señores, se pasaban la mitad de la vida construyendo una imagen y la otra mitad cuidando que no la fueran a destruir. Los demás eran desechables para los anteriores, aun así su presencia no podía ser ignorada.

Doña Sara había sostenido profundas conversaciones con su esposo. De ellas desprendió las diversas perspectivas que llegaron a México para ver el cosmos o quizás el caosmos, pues ella está convencida de que México vive una caoticidad. Dentro del caos que prevalece algunos de esos modos de ver las cosas ayudan a los mexicanos a poner orden, por lo menos en su pensamiento. Esto es lo que les fallaba a los “tórtolos”.

Sara es una mujer del siglo XX que tenía la fortuna, o quizá el infortunio, de asomarse al siglo XXI. El inicio del siglo XX estuvo marcado por la Revolución mexicana, la cual puede considerarse como una lucha contra un régimen, el porfirista, basado en progreso y la modernidad a cambio del empobrecimiento y explotación de la mayoría de la gente. Esa lucha también se desarrolló en el campo del pensamiento. Su esposo hablaba con soltura de Antonio y Alfonso Caso, de Samuel Ramos o Francisco Larroyo y, mejor aún de sus discípulos Eduardo García Maynez, Rafael Rojina Villegas, Virgilio Domínguez, Guillermo Héctor Rodríguez y Efrén Hernández.

Ella, como tantos otros, tuvo que estudiar la Introducción al estudio del Derecho de Eduardo García Maynez y la Filosofía del Derecho de Luis Recaséns Siches. Estos pensadores, el segundo un español cuya obra se consideró mexicana, estudiaron, a su vez, la Teoría pura del Derecho de Hans Kelsen y la difundieron en México, pero siempre para intentar superarla, ya que partían de concepciones filosóficas distintas. Se podría decir que la consigna de aquellos años fue ir más allá de Kelsen.

Algo había escuchado de la Filosofía analítica, pues Fernando Salmerón uno de sus impulsores en México, estudió en la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana. También fue Rector de esta Universidad. Él fue veracruzano. Sin chauvinismo, ella sentía admiración por los veracruzanos distinguidos. En el momento presente existen numerosos obstáculos para el desarrollo de la filosofía del derecho en las universidades. Leyó la obra de Miguel Villoro Toranzo y, al menos por lo que respecta a la Introducción al estudio del Derecho, concluyó que termina siendo una exposición de la obra de Eduardo García Maynez.

Sin embargo, Fernando y Ximena no tenían ni siquiera eso. Los cursos a que asistieron estaban dominados por “Antologías” sin orden y sin sentido. Los profesores suponían que ellos debían darle orden y sentido. Como actuando en defensa propia la mayoría de los alumnos se centraban en ramas especiales del Derecho (civil, mercantil, laboral o penal), pero dominados por una gran desorientación. Fernando y Ximena habían puesto toda su atención en el derecho penal y en el derecho procesal penal.

Sara Mendoza viuda de Hernández, dedicada a las labores del hogar, quería decirles a los "tórtolos" que la vida tenía un sentido, el cual ella había descubierto, más que por las lecturas que hacía en su escaso tiempo libre, por la trayectoria de su vida. Ella tenía una gran sensibilidad social, pero jamás se le vio haciendo “obras de caridad”. Su testimonio estaba caracterizado por el silencio. “Que tu brazo izquierdo no se entere de lo que hace el derecho”. De este modo había sacado adelante a algunas familias. Pese a esto, y le pesaba mucho, no se percató de la enorme necesidad que tenía su cocinera. Ahora que el hijo de la señora de la cocina parecía, sin serlo, un “mara-salvatrucha” y se encontraba en prisión, decidió ayudarles sin abandonar su estilo. Ella se encargaría se sembrar la semilla en Fernando y Ximena para que descubrieran que el sentido de la vida está en la trascendencia y, en primer lugar, la trascendencia hacia el ser que está más próximo a nosotros. Seguía pensando en la cocinera y en su pobre hijo. Sara percibía el derecho penal desde un ángulo muy peculiar.

[Esta historia continuará]

domingo, 30 de diciembre de 2012

Se acata, pero no se cumple

"Caminante no hay camino, se hace camino al andar"


Ximena tenía por hábito revisar de vez en cuando el correo no deseado, por aquello de que su e-mail hubiese filtrado un correo sí deseado. En aquella ocasión, cumplió con su costumbre y su sorpresa fue mayúscula, pues observó un mensaje con la dirección de su abuelo. El asunto que allí aparece es La revelación.

Sintió el impulso de eliminar el mensaje, pues su abuelo tenía una dirección electrónica que jamás usaba. Era ella quien en nombre de su abuelo recibía y enviaba mensajes. Nadie más que ella. Esto y el extraño comportamiento del abuelo de los últimos días antes de morir detuvieron ese impulso. La sorpresa y el impulso primero fueron sustituidos por la intriga: el personal del juzgado hablaba de un documento revelador que nunca encontraron. ¿El abuelo utilizó el correo electrónico para decirle algo que no pudo o no quiso hacer personalmente?

Pasó el mensaje a la bandeja de correo recibido. No se animó a abrir de manera inmediata la misiva, pues su pensamiento era un mar de dudas. El tema que agobió al abuelo de los últimos días fue el de los juicios orales en materia penal o, mejor dicho, el proceso penal acusatorio y oral. Se corrigió a sí misma como la hubiera corregido el padre de su padre. Las cuestiones que planteaban Fernando y sus propias observaciones hacían que tuviera la sensación de ahogarse en ese mar de dudas.

La Reforma Constitucional de 2008 en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública había sido bien recibida en México. Ella una estudiante entusiasta del derecho penal y procesal penal, por la influencia de su querido abuelo (que en paz descanse), fue una de las primeras receptoras del cambio que se avecinaba, creyó con toda ingenuidad que había comprendido cabalmente el porvenir solamente por haber leído el ABC del nuevo sistema de justicia penal en México, publicado por el Instituto Nacional de Ciencias Penales [INACIPE].

No obstante, bien pronto percibió que el recurso colonial de Se acata, pero no se cumple se había transformado en realidad durante el proceso de implementación de los juicios orales. En el ambiente federal por angas o por mangas no se aprobaba el código procesal. En las entidades federativas se estaban aprobando los códigos de procedimientos penales, pero algunos puntos importantes como los derechos de las víctimas o los criterios de oportunidad se retaceaban. La lucha sorda por el poder traducido en competencias era terrible. El pretexto de que no hay dinero estaba dejando la reforma de la justicia penal para la posteridad. En cambio toneladas de billetes se aplicaban a la seguridad pública.

El mandato constitucional estaba siendo traicionado. Se buscaba a toda costa con las reformas a los códigos de procedimientos penales que las cosas siguieran igual o mejor para los inquisidores de todos los tiempos. El plan para no acatar el modelo constitucional es sencillo: amparados en el discurso de la implantación de un sistema de justicia penal acusatorio, el poder judicial pasa a ser el encargado de completar la tarea condenatoria iniciada por el Ministerio Público, no es ya ni siquiera su control,  sino directamente el que cubre sus omisiones; las facultades inquisitorias no pasan de un órgano ejecutivo a uno judicial, sino que ya las tienen ambos, para que si no tritura el primero en secreto, lo haga el segundo en público. No eran cosas inventadas por ella, sino fruto de la lectura de un formidable reporte de investigación sobre la materia. Ella solamente había observado que eso era lo que estaba sucediendo en su entorno. No existía armonía entre las leyes secundarias y la Ley fundamental (dicho esto con las palabras de su novio).

El tono festivo con el cual parecían adoptarse los mandatos constitucionales era una excelente estrategia. Se seguía con el discurso derivado de la Reforma. Pero en los hechos se acataba la política criminal que tanto apasionaba a su novio y que se había forjado a finales del siglo XIX en Alemania con Franz von Liszt: La lucha contra el crimen. A los conservadores mexicanos les fascinan los términos bélicos aunque vivan espantados con la "guerra" que se ha desatado, lo cual es notable con el intencional olvido de hacer realidad los medios alternos de solución de controversias.

El ABC del nuevo sistema de justicia penal en México dice lo siguiente al abordar su punto número 1 Utilizar mecanismos alternativos para resolver conflictos:

Actualmente, la justicia penal llega a ser una pesadilla para quienes han sido víctimas de un delito […]  A los afectados no les interesa iniciar un larguísimo proceso para que se “haga justicia”, sino que se les repare el daño a la brevedad […] Por tanto, uno de los principales propósitos de la reforma es garantizar que los problemas se resuelvan conforme a Derecho, sí, pero del modo más rápido posible. Para ello se ha incorporado a la Constitución la justicia alternativa, una forma de desahogar la mayoría de los problemas mediante el diálogo y la conciliación entre las partes antes de llegar a juicio […] Mientras menos asuntos “menores” se ventilen ante un juez, la justicia será más eficaz, pues los responsables de procurar e impartir justicia podrán dedicar más tiempo y atención a los asuntos graves, como homicidios o secuestros.

La tristeza de Ximena no tenía límites, pues junto con la muerte de su abuelo habían muerto también algunos ideales en materia de justicia penal que, ella estaba convencida, su abuelo no compartía.

Después de un largo suspiro, descargó el documento revelador que le había heredado su abuelo. Pero, no se sentía dispuesta a leerlo en ese momento...
[Esta historia continuará]

sábado, 29 de diciembre de 2012

Teoría del caso

Descubriendo un campo de realidad


La tarea se complica dentro del proceso penal acusatorio y oral, tanto para el acusador como para el defensor. Fernando y Ximena lo saben y deciden comenzar un ejercicio a partir del caso del hijo de la cocinera. Centran toda su atención en el proyecto argumentativo denominado “Teoría del caso”.

Comienzan con la pregunta obligada: ¿Qué es la teoría del caso? “Es un ángulo, un punto de vista desde el cual mirar la prueba, en términos tales que si el juez la ve desde allí verá en ella lo que nosotros vemos. Es nuestra simple lógica y persuasiva historia acerca de lo que realmente ocurrió, la brújula del litigante, un mapa que se diseña desde el momento en que se tiene conocimiento de los hechos”. Esto escribe algún autor y otro complementa la idea agregando que se trata de un mapa conceptual.

—Ximena explica: <<Si eso es así, entonces conviene recordar que los mapas conceptuales representan conocimiento organizado>>.

—A lo que Fernando agrega: <<Y los mapas conceptuales ayudan a responder preguntas claves y el conocimiento organizado es necesario para responder tales preguntas claves>>

Las ideas comenzaron a fluir. El conocimiento organizado se compone de conceptos conectados por palabras de enlace para formar proposiciones. Los conceptos aquí son regularidades percibidas y las proposiciones son unidades semánticas.

—Fernando se detiene y exclama: <<¡Espera Ximena! El tema no es en qué consiste el mapa conceptual sino cómo aplicar esta herramienta a los casos penales>>.

—Ximena concede: <<De acuerdo Fernando, pero una cosa lleva a la otra>>.

La experiencia Fernando parecía imperar sobre la fresca inteligencia de Ximena. Él planteó cómo iniciarían las cosas. El concepto inicial, el cual estará en la cúspide de la jerarquía es “el caso”, es decir, el hecho o conjunto de hechos que reclaman una solución jurídica. En seguida Fernando tomó una hoja de papel e hizo el siguiente dibujo: en la parte superios escribió la palabra "caso" un poco abajo y a la izquierda puso las palabras "hecho o hechos" y al mismo nivel, pero a la derecha, escribió la expresión "solución jurídica". Después unió con la cópula "es" el vocablo "caso" con "hecho o hechos" para que se leyera la proposición el caso es un hecho o conjunto de hechos. Hizo lo mismo con la expresión "solución jurídica", pero unidos con la palabra "implica o enreda" para leer la proposición: el caso implica o enreda la solución jurídica. Y su tercera proposición fue: el hecho conjunto de hechos exige una solución jurídica.
"Hemos avanzado un poco" -Comentó Ximena.
 

“¿Pero…? —Cuestionó Fernando.

—Entonces Ximena dijo: “Estamos intentando hacer una teoría de la teoría del caso y aquí de lo que se trata es de hacer una teoría del caso del hijo de la señora de la cocina.”

Fernando no se rindió, ya que con razón le explicó a su novia que necesitaban precisar algunas cosas sobre la teoría del caso. Por ejemplo, los autores consideran que dicha teoría tiene tres componentes: 1) componente jurídico; 2) el componente fáctico; y, 3) el componente probatorio. Fernando estaba en total desacuerdo con este planteamiento ya que, en su opinión, en la teoría del caso debían distinguirse dos planos: uno sustantivo y otro adjetivo.

En el primer plano, el plano sustantivo, aterrizan con toda naturalidad la teoría del delito y la teoría del delito particular que se trate (en este caso la violación). En cambio, en el plano adjetivo o procesal, la teoría de la prueba se concretiza en la relación de las pruebas con los hechos y el derecho. Aun cuando le quedaba claro que no se tenía la obligación de probar el derecho porque en esto el juez era el perito.

Los hechos y el derecho son los dos extremos de un único componente: el caso. Después de obtener la anuencia de la novia, comenzó a enlistar lo que él consideraba que eran las preguntas claves:

1.    ¿El caso es un campo de realidad problemático? Porque, si no es problemático, la investigación no tiene sentido. Basta conocer el tipo objetivo en su aspecto sistemático para resolver esta cuestión: el acusador tendrá que mostrar al juez que el imputado realizó la conducta de violar; el resultado de esa conducta, la violación; el nexo de causalidad entre la conducta y el resultado; la existencia de una víctima, la posibilidad de imputar objetivamente la acción como obra propia de un autor y, en este caso, que el autor obtuvo la cópula por medio de la violencia física o moral. (Por supuesto, la mostración debe ir acompañada de sus pruebas, debidamente relacionadas).

2.    ¿El caso es conflictivo? Es decir, ¿el campo de realidad problemático afectó, por lesión o por peligro, algún bien jurídico? Pues, no hay delito sin ofensa. En el caso, y aquí nos detendremos, la hipótesis de la defensa es que la víctima otorgó su consentimiento para tener relaciones sexuales con el hijo de la cocinera y que, por lo tanto, existe la posibilidad de una conciliación.

“No obstante, agregó Ximena, considero que ni siquiera existió la violencia física que se le imputa al hijo de la cocinera. Por lo tanto, el caso ni siquiera es problemático: dos adultos solteros disfrutando una relación sexual. Quiero saber cómo intenta probar la acusación el extremo de la violencia física.”

“No olvides, le dijo Fernando, que el proceso acusatorio y oral aún no se pone en funcionamiento en Veracruz”.

[Esta historia continuará]

viernes, 28 de diciembre de 2012

La función del Ministerio Público

No es lo mismo burro que cebra.


Algo transformó su relación con Ximena. Ya no había discusiones tan frecuentemente y cada vez eran menos. Ambos habían cedido el paso a los diálogos, pues descubrieron que al término de los mismos los dos salían enriquecidos. Cuando él provocaba una regresión a la fase de las controversias. Ella guardaba respetuoso silencio y le  escuchaba muy atenta. Le hacía sentir muy bien. En el acto él bajaba el tono de voz y modificaba su actitud: aprendió que lo importante no era exponer sus ideas sino persuadir y no sólo a ella sino a cualquier interlocutor. Proceder de manera autoritaria terminaba en el fracaso.

El tema que traía en su cabeza era de tal magnitud en importancia que no sabía si ponerlo en la mesa de su nueva manera de d i a l o g a r. Finalmente lo hizo. El Código de Procedimientos Penales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en su artículo 67, dice lo siguiente:

Corresponde al Ministerio Público conducir la investigación de los delitos. La policía ministerial estará bajo su mando en el ejercicio de esta función. Cualesquiera otras policías podrán participar en las diligencias de investigación, siempre bajo la dirección del Ministerio Público y excepcionalmente, cuando la urgencia lo requiera, tomando las medidas necesarias para preservar el lugar del delito y los objetos relacionados con el mismo, dando cuenta de inmediato al Ministerio Público.

El ejercicio de la acción penal ante el juzgador es responsabilidad del Ministerio Público, en la forma establecida por la ley.

El texto de la ley suscitaba tres preguntas. La primera es ¿La investigación de los delitos corresponde solamente al Ministerio Público? La segunda se refería a la excepción que mencionaba el párrafo primero para “cualesquiera otras policías” que podrán participar en las diligencias de investigación, ¿Cuál es el contenido de dicha excepción? Y, la tercera cuestión, ¿Seguía el Ministerio Público con el monopolio del ejercicio de la acción penal?

“Paso a paso” —le había dicho Ximena. “Primero la cuestión acerca de la función de investigar los delitos, ¿Cuál es la dificultad?”.

Fernando: “La dificultad radica en que la Constitución Política del país, la Carta Magna, dice otra cosa: La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías. Esto va de la mano con la segunda cuestión, pues las policías no están sujetas a supuestos excepcionales. Sin embargo concedo que el tema del monopolio de la acción penal se puede tratar aparte.”

Antes de la reforma de 2008, la Constitución atribuía la función de investigar los delitos al Ministerio Público y a la policía judicial. Pero, sujetaba ésta última a la autoridad del Ministerio Público. Hoy el Ministerio Público deberá conducir la investigación y mandar, pero las policías podrían no estar bajo su autoridad. En Veracruz, la Agencia Veracruzana de Investigaciones (policía ministerial o investigadora) sigue bajo la autoridad del Ministerio Público. ¿Esto es correcto?

El pensamiento de Fernando fue dominado por algunos comentarios maquiavélicos que había leído en alguna edición de la Constitución y, por vez primera, se puso a distancia de ellos, pues esa no era precisamente su manera de pensar  o ya había sucumbido a los alegatos de su novia.

“…quien funda un estado y le da leyes debe suponer a todos los hombres malos y dispuestos a emplear su malignidad natural siempre que la ocasión se los permita. Si dicha propensión está oculta algún tiempo, es por razón desconocida y por falta de motivo para mostrarse; pero el tiempo, maestro de todas las verdades, la pone pronto de manifiesto.”

“Mayor es la inclinación a castigar  la ofensa que a premiar el beneficio, porque el agradecimiento pesa y la venganza satisface.”

“…los estados no se pueden gobernar simplemente con el rosario en la mano.”

“…los hombres siempre serán malos si la necesidad no les obliga a ser buenos.”

“Entre otros medios reprensibles empleaban el de hacer leyes prohibiendo cualquier cosa; eran ellos los primeros en favorecer su inobservancia y dejaban sin castigo a los infractores hasta que llegaba a ser en número considerable: entonces imponían penas, no por el deseo de que las leyes se cumplieran, sino por codicia del dinero que los culpados daban para librarse de ellas.”

“Resultaban de esto muchos males, y sobre todo el de que los pueblos se empobrecían sin corregirse, procurando los empobrecidos indemnizarse a costa de los más débiles. De aquí los excesos citados antes, e imputables sólo a los príncipes.”

“Lo honroso es saber y poder castigar a los culpados, no el poderlos contener a costa de mil peligros. El príncipe que no castiga a quien delinque de manera que no puede volver a delinquir, es tenido por ignorante y cobarde.”

Estos textos puestos al pie de las funciones primordiales del Ministerio Público fueron una sacudida para Fernando y su conciencia. ¿Podría seguir trabajando como agente del Ministerio Público? No parecía el momento adecuado para aventurar respuestas sobre las cuestiones del Código de Procedimientos Penales ni para tomar decisiones sobre su vida futura. Ximena no le quitó la vista a Fernando ni por un instante a pesar de que él parecía haberse olvidado de ella.

[Esta historia continuará]

jueves, 27 de diciembre de 2012

La vida cotidiana

El tradicionalismo

 


En tanto que Fernando y Ximena escudriñaban sobre las cosas del derecho penal y procesal penal, Doña Sara Mendoza viuda de Hernández observaba el derecho penal y procesal penal en las cosas de la vida cotidiana. Aquellos pensaban en abstracto. Ésta pensaba en concreto. Con la luz de su entendimiento alumbraba aquello que tal hombre o tal mujer hacen en su vida diaria.

Sara prestaba toda su atención a la señora de la cocina, quien con lágrimas en los ojos, entre puchero y puchero, le planteaba el problema de que su hijo había sido detenido de modo arbitrario, porque dizque había violado a una muchacha. Aceptaba que el muchacho se había metido con la chica vendedora de jugos y habían ido a la bodega de la tienda del padre de ella, en donde éste les había caído en la maroma.

La chica de los jugos sólo se dejó caer la falda y corrió hacia su papá, alegando que el fulano la había violado. El fulano, el nieto de la señora de la cocina, con las  nalgas al aire no supo ni que decir. Cuando amarrándose los pantalones quiso dar explicaciones, el tendero ya había llamado a la policía. Cuando ésta llegó la chica de los jugos tenía la ropa desgarrada y unos cuantos moretones en los brazos que atestiguaban la violencia de que, decía ella, había sido objeto. Aunque la prueba más contundente es que el muchacho está tatuado por todos lados.

Fernando y Ximena tenían una de sus acostumbradas discusiones. En esta ocasión el tema era el dominio de la violencia. Fernando defendía la necesidad de que la policía estuviera militarizada y de que los militares efectuaran funciones policíacas. Ante tal afirmación, Ximena acudía al Código de Procedimientos Penales y presumía que podía recitar el artículo 6 que contenía una manifestación de la presunción de inocencia: “Se considera inocente a toda persona en cada una de las etapas del procedimiento. Esa calidad sólo se pierde cuando es condenada por una sentencia firme en los términos de este código.”

Fernando tenía muy a la mano un ejemplo, el operativo del domingo en el cual la policía detuvo a un violador en flagrancia, cuando el delito estaba en llamas, en el mismo momento de estarse cometiendo la violación, sin que la bestia haya podido huir. Ximena, estudiante de leyes aunque próxima a egresar, solamente pudo invocar las etapas del procedimiento: investigación inicial, proceso, segunda instancia y ejecución de sanciones. Alegando que la detención había ocurrido dentro de la primera etapa del procedimiento, no correspondía a la policía condenar al imputado.

¿No te das cuenta? —Cuestionaba Fernando, la aprehensión fue en flagrancia, en f-l-a-g-r-a-n-c-i-a.

Ximena, convencida de que en ningún caso el juicio podía ser automático, no supo que contestar. No era ninguna mojigata y admitía que dos adultos solteros podían tener relaciones sexuales. ¿Cuál es el problema? Sin embargo, le repugnaba la idea de que la cópula se obtuviera por medio de la violencia. Éste era el problema que afectaba el bien jurídico: el empleo de la violencia. Pensó en el sufrimiento de la chica y en el pesar de esa familia. El delito no admitía la reparación del daño, pues aunque se pagara una compensación económica, como se acostumbraba decir <<¿Cómo se repararía el “trauma”?>>. No se dio cuenta de que ella, ella la del pensamiento liberal, también había condenado al imputado.

¿Los hechos en llamas? Sería por la calentura de los muchachos. Doña Sara creía en la versión de su cocinera. El barrio entero sabía que aquellos muchachos solían tener relaciones en la bodega. Cometían muchos descuidos, el más notable eran los cartones que acomodaban para que cumpliera las funciones de una cama. Jamás se ocupaban de recogerlos. Lo sabía todo el barrio, menos el padre de la muchacha. Ella supo defenderse de la furia de su papá, pero victimizó a su “novio”. Ahora era terriblemente victimizado porque al afirmarse la flagrancia se consideraba que ya no había nada que investigar. De entrada era un caso cerrado.

¿Qué es la flagrancia? Doña Sara recordaba vagamente lo que decía en vida su esposo: “La noción legal de flagrancia hace referencia al descubrimiento del autor del hecho punible en el momento de la ejecución del delito, y se extiende tanto al momento inmediatamente anterior al de la ejecución como al inmediatamente posterior…”. El hijo de la cocinera estaba fastidiado, pues la misma noción de flagrancia hablaba ya de “delito”. La madre de la “bestia”, como ya se le llamaba a su hijo, estaba destrozada y solamente repetía “Mi hijo es un buen muchacho”.

Si no sucedía algo y pronto. En efecto, en unos años de la prisión saldría el muchacho convertido en bestia. Doña Sara también se preguntaba ¿Cómo dominar la violencia, la que viene de abajo y también la que procede de arriba?

[Esta historia continuará]

miércoles, 26 de diciembre de 2012

El paseo de Los Berros


 

El origen del Paseo de los Berros es muy antiguo, debe su nombre a una planta comestible que crecía cerca de una charca formada por las corrientes de las aguas que descendían de los montes circundantes (localizados en las actuales calles Miguel Hidalgo y Diego Leño). Al principio el lugar sirvió como potrero y plaza de armas.

Lo que hoy se conoce como El Parque de Los Berros se construyó durante el gobierno de Juan de la Luz Enríquez. En 1911 fue ampliado por el gobernador León Aillaud. En 1953, en su entrada, se instaló una estatua de Miguel Hidalgo y Costilla; también se colocaron una más en memoria del poeta Salvador Díaz Mirón (quién habitó en la Quinta Rosa, enfrente del parque sobre la calle Hidalgo) y otra de la poetisa tlacotalpeña Josefa Murillo.

En el Paseo de los Berros fue donde sus manos se entrelazaron por vez primera, ocurrió de manera natural. Ximena recordó la construcción casi poética de un versador de Alvarado y que le gustaban recitar a su abuelo: “La carta que te escribí / me dicen que te la hallaron / fue como decir así / que fue plan que nos formaron / que yo para ti nací / y a ti para mí te criaron.” Fernando sorprendió su sonrisa burlona.

—Y, con ese gesto tan característico en él que le hacía fruncir el ceño, preguntó: <<¿Pasa algo?>>.

—Ella contestó: <<Nada. Solamente recordaba unos versos que solía recitar mi abuelo>>.

—Él volvió a cuestionar: <<¿Los puedo conocer?>>.

—Con una coquetería inusual en ella, replicó: <<Ya se verá, ya se verá, ya se verá>>.

En Xalapa, el Paseo de los Berros ante todo y sobre todo significa tradición, es decir, seguridad. Simboliza todo aquello que se da por garantizado en la sociedad xalapeña. Ximena recibió esa transmisión a través de la mano de su abuelo. Levantaba su mirada de niña y lo veía inmenso y apretaba su también inmensa mano para sentirse más segura. Cuando se subía al pony, que era la alegría de los niños, el abuelo tenía que caminar a un lado. De lo contrario ella sentía deseos de llorar.

Hoy caminaba de la mano de Fernando, una mano que sólo le producía incertidumbre. Iba de la mano de un hombre de estos tiempos. El Parque de los Berros se transformaba para significar ya no tradición sino utopía. La hermosa arboleda es  o parece ser el escenario de aquella antigua película americana protagonizada por Charlton Hestón, Cuando el destino nos alcanza. El símil se hacía mayor porque su abuelo le compraba un algodón de azúcar; en cambio Fernando solía comprar “galletitas”  Este Parque es el camino obligado al centro del saber universitario. Un saber convertido en amenaza. Los egresados de la Universidad Veracruzana representaban competencia en el empleo.

Al pasar frente a la casa que habitó Salvador Díaz Mirón, recordó su poesía A gloria, un poema que parecía escrito para definir su relación con Fernando en los inicios. El lío y la incertidumbre que le agobiaban estaban descritos en los primeros y en los últimos versos, pues  cuando trataba el tema de los juicios orales, todo el discurso de Fernando se resumía en los primeros versos: No intentes convencerme de torpeza / con los delirios de tu mente loca: / mi razón es al par luz y firmeza, firmeza y luz como el cristal de roca.

Sin embargo, los últimos versos eran una loza que aplastaba sus metas y sus ilusiones profesionales. Aquellas que finalmente pudo compartir con su abuelo. Cada vez que ella platicaba sobre su deseo fundamental de ser una defensora pública, entonces el discurso de Fernando se sintetizaba de este modo: ¡Confórmate, mujer! Hemos venido / a este valle de lágrimas que abate, / tú, como paloma, para el nido, / y yo, como el león, para el combate.

Ximena enfrentaba el mismo dilema de su abuela. Optar por el ejercicio profesional de la abogacía o dedicarse a las labores del hogar. Su abuela se había rendido ante el segundo brazo del dilema. Ximena estaba hecha un lío. Reconocía que se había despertado su instinto maternal. Quería una casa sencilla de una sola planta con su sala-comedor, su cocina, un garaje para dos autos, dos baños y medio, tres recámaras, un estudio y, sobre todas las cosas, un jardín en donde pudieran juguetear sus dos hijos. Allí su esposo y ella podrían transmitirles la alegría de vivir.

Sin embargo, según ella, nada de esto le impedía realizar su vida profesional. Lograría una oficina en el Instituto de la Defensoría Pública. Se organizaría adecuadamente para preparar sus casos. Sabría darse el tiempo para asistir a las audiencias e impediría que se victimizara a los imputados o acusados por un delito. Sabía que Fernando se opondría a esto, pero ella no se rendía fácilmente y también sabría encontrar el equilibrio que lo conjugara todo. No cabía la menor duda de que aquel día en el Paseo de los Berros rondaba el espíritu conservador de Díaz Mirón, pues Fernando le dijo algo y ella entendió que le decía: ¡Depón el ceño y que tu voz me arrulle! / ¡Consuela el corazón del que te ama! / Dios dijo al agua del torrente <<¡bulle!>> ; / y al río de la margen: <<¡embalsama!>>.

El pensamiento de Fernando Molina estaba dominado por la política. No por la política en general sino por la política criminal. Su corazón atormentado había encontrado en la mujer que llevaba de la mano el bálsamo que curaba sus heridas y le animaba de nueva cuenta a soñar. Era necesario acabar con los malos. Aquellos que explotaban a los trabajadores y que hoy consideraban que eran cosas desechables. Se trataba sin duda de la más grave manifestación del crimen organizado: los poderes salvajes que avasallaban este mundo. El haría el trabajo desde su trinchera, la Agencia del Ministerio Público. Él no pensaba en la cursilería del matrimonio, convencido que era algo desechable, pero sí en formar pareja. Convencería a Ximena de que le acompañara en su proyecto de vida. Otros versos de Salvador Díaz Mirón describían bien el estado de su espíritu alterado, utópico:

ASONANCIAS

Sabedlo, soberanos y vasallos,
próceres y mendigos:
nadie tendrá derecho a lo superfluo
mientras alguien carezca de lo estricto.

Lo que llamamos caridad y ahora
es sólo un móvil íntimo,
será en un porvenir lejano o próximo
el resultado del deber escrito.

Y la Equidad se sentará en el trono
de que huya el Egoísmo,
y a la ley del embudo, que hoy impera,
sucederá la ley del equilibrio.

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[Esta historia continuará]

martes, 25 de diciembre de 2012

"No son papeles, son humanos"

Parque de Los Berros en Xalapa, Veracruz (México)


El abuelo tenía razón, pensó Ximena. Los expedientes son papeles. Lo que se encuentra en ellos es un texto no un caso. Pero, el texto debiera narrar un caso, es decir, un hecho o conjunto de hechos en los cuales intervienen personas humanas y que reclama una respuesta jurídica. Todo venía a cuento porque ella tenía frente a sí una curiosa nota periodística publicada -primera plana- en El Universal el 24 de diciembre pasado y titulada “No son papeles, son humanos”. Si no fuera por lo preocupante de la nota se podría decir que era una tarjeta de Navidad para sus ojos:

En 2006 hubo un asesinato en una carpintería  al oriente de la ciudad. Dos testigos, menores de edad, acusaron a dos hombres de homicidio. Al año siguiente se les juzgó en primera instancia y la pena fue de 31 años de prisión. La defensa de uno de los imputados apeló la sentencia pero fracasó. La condena subió a 35 años. El acusado saldría de la cárcel octogenario. La fortuna apareció cuando, en 2011, su expediente llegó a manos de una muy joven defensora de oficio. Por varios días analizó los documentos, desmenuzó el contenido y confió en la inocencia de su representado.

La joven estudiante de leyes estaba segura de que se pretendió publicar una buena noticia, ya que “la muy joven defensora de oficio” había ganado el asunto mediante un Juicio de Amparo y había conseguido la libertad de aquel sujeto condenado a 35 años de prisión.

Es difícil obtener una sentencia absolutoria. Los amparos apuestan a reducción de penas o a condena con beneficios, si esta es menor a cinco años. Aunque hay casos excepcionales, nadie había derribado 35 años de sentencia. Ana Lilia Ramírez Velasco lo hizo.

Bajo ningún concepto quería demeritar la labor de la defensora de oficio, con la cual Ximena de algún modo se sintió identificada tanto por la profesión jurídica específica cuanto por la juventud. Tampoco quería ensombrecer la noticia navideña. Sin embargo, lo sobresaliente en el reportaje es no el amparo liberador sino la puesta en evidencia de las obscuridades del sistema penal o Las miserias del proceso penal, según rezaba el título de un libro de Francesco Carnelutti.

Por el entorno ambiental, imaginar el proceso como el curso de un río no significaba problema alguno. Ella comprendía que así como el movimiento del agua se traslada en masa continua por un cauce, el proceso también sigue un curso que precede a la resolución de un expediente (No consideraba la desaparición del expediente en los juicios orales sino su transformación de papeles a expresiones digitales). Esta imagen también le ayudó a comprender lo que es un recurso (re-curso). Esto es, que el proceso se reencauce cuando su curso normal es interrumpido o alterado afectando los derechos de los sujetos procesales. También le preocupaba la idea de que el Juicio de Amparo mexicano se desnaturalizara al observarlo sencillamente como un recurso. Lo cual parecía ser el sentido de la noticia que ella conservaba desde el 24 de diciembre de 2012.

Ximena recordó la preocupación inicial de algunos procesalistas mexicanos respecto del Juicio de Amparo puesto en relación con el proceso penal acusatorio y oral. La pregunta sobre esto fue: ¿la implementación de juicios acusatorios y orales debe llevar a la supresión del juicio de amparo? ¿El llamado juez de garantías debe entenderse como una sustitución a lo que hoy en día es un juez de Distrito en materia de Amparo Penal?

Sus cavilaciones fueron interrumpidas por la llegada de Fernando. Pasaba por ella para realizar una caminata por el parque de “Los Berros”. Xalapa es rica en lugares como éste, pero este parque es el más hermoso.

[Esta historia continuará]

lunes, 24 de diciembre de 2012

El joven agente del Ministerio Público

Otra imagen de San Ivo, patrono de los abogados.

El joven agente del Ministerio Público


El juez falleció el 29 de enero de 2013 a la edad de 58 años. Diez días después de que su nieta Ximena arribara a la edad de 20 años. Los ritos funerarios fueron sencillos, su epitafio pudo decir “Murió sin pena ni gloria”, pero después de una acalorada discusión con el responsable del ritual, dicho epitafio quedó de esta manera: “Aquí yace un hombre que toda su vida pretendió ser justo”. La alternativa descartada era escribir simplemente: “Aquí yace un hombre justo”, pero Ximena se opuso tenazmente y finalmente ganó su propuesta.

Ximena sintió por vez primera la muerte de un ser querido. Creyó que se derrumbaría por el sufrimiento, pero no ocurrió tal cosa y esto por dos razones. Una,  los ritos funerarios tienen por función amainar el dolor y, otra, en todo momento se sintió sostenida por la serena fortaleza de alguien allí presente. Respecto al primer motivo, Ximena  recordó lo escrito por Nils Christie en Los Límites del dolor: Sobre lo segundo, la presencia que serenaba el dolor era la de la abuela. Un personaje que aparecía en el escenario de Ximena a partir de la muerte del abuelo. Siempre había estado allí en silencio pero la nieta no la había tomado en cuenta y parecía que el juez tampoco.

El testamento aseguraba la continuidad de los estudios de la nieta. La heredera universal fue la abuela. No pasó desapercibido un legado exagerado para Clemencia. El juez le dejó la casa grande “Por sus servicios por más de diez años”. A la familia le pareció demasiado, pues ella tenía un trabajo bien remunerado. Pero si la abuela no había dicho nada al respecto, los demás tenían que permanecer callados. Los compañeros de Clemencia en el trabajo, la bromeaban diciendo que cuando el juez sintió que moriría, también le aseguró el empleo.

En el juzgado nada había cambiado. La Reforma Constitucional en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública carecía de significado. Miguel Carbonell y Enrique Ochoa Reza desde el año 2009 se habían planteado la cuestión ¿Qué son y para qué sirven los juicios orales? El personal del juzgado se hacía la misma pregunta, no obstante la misma interrogante tenía propósitos muy distintos. En el primer caso, se busca y se encuentra una contestación teórica. En el segundo, en realidad no se preguntaba nada, ya que en el fondo era una afirmación, implícitamente se sostenía la inutilidad de los juicios orales. La pregunta no era otra cosa que la mejor expresión del conformismo burocrático. Si la Constitución había sido tantos años como una obra inédita, así seguirá y sus mandatos serán siempre letra muerta. Ésta podría ser la consigna burocrática.

Despertaba la curiosidad de los empleados el empeño del juez de los últimos días por leer los expedientes. Sin embargo, los expedientes retornaban con algunas cuantas observaciones marginales, relativas casi siempre a cuestiones de forma (faltas de ortografía). El juez no tocaba el fondo. Mejor dicho, el juez murió con la convicción de que los expedientes carecían de fondo, eran pura cháchara. Se rumoraba que había dejado por allí entre sus cosas un documento revelador de algo. Pero, cuando revisaron su oficina no encontraron nada.

Ximena tenía novio, él era un joven agente del Ministerio Público. Fernando Molina andaba cerca de los 30 años. Alcanzaba la estatura de 1.90 m., inteligente, fuerte, con firmes convicciones sobre la función de seguridad pública que incumbía al Ministerio Público. Él hubiera suscrito el aserto de que el hombre cuando delinque se convierte en un animal y así había que tratarlo. Era un joven neokantiano y, por ello, su autor favorito en materia jurídico penal era Claus Roxin.

Había estudiado Derecho y Filosofía en la Universidad Veracruzana. Una mezcla que dentro de su personalidad se convertía en explosiva. Había conocido a Ximena dentro de un curso impartido por Enrique Aranda. El penalista que había convertido el derecho penal en una diversión sobre la base de mudar los temas de casos muy “sonados”, sobre todo por su importancia mediática, en comedias breves. Ximena llamó la atención de Fernando por contradecir al ponente, quien no le permitía ni hablar. Decidió apoyarla, pero resultó contraproducente, pues en cada intervención sus ideas penales salían a flote.

Él era un apasionado soldado de la lucha contra el crimen y estaba plenamente convencido de que había que perseguir y acabar con los delincuentes subhumanos. Ximena, en cambio, creía que el infractor no cesaba de ser persona y fuera quiera fuera tenía derechos. Él aplaudía todas las medidas inquisitoriales introducidas en la Constitución mexicana, sobre todo, para terminar con la delincuencia organizada y, en general, con la delincuencia. Ella en cambio cuestionaba el concepto “delincuencia organizada” y sostenía que las medidas eran de emergencia solamente para eliminar a quienes los poderosos consideraban desechables. Ella pensaba en la bondad democrática de los juicios orales. Tanta ingenuidad solamente era motivo de risa para él.

Sara Mendoza viuda de Hernández a sus 54 años, erguida como un roble, sin una cana en el pelo, lo cual se atribuía a sus orígenes indígenas, tenía una experiencia envidiable que había adquirido en las labores del hogar (ella tenía un título universitario, pero cuando se dio cuenta de que la mujer era plenamente capaz de hace todo lo que hacía un hombre y que lo podía hacer mejor, decidió dedicarse al quehacer doméstico); Sara Mendoza fue la primera que observó que aquellos jóvenes que discutían siempre se había enamorado perdidamente. En la casa intencionalmente creaba un ambiente favorable a los tórtolos, pues ninguno de los dos quería dar su brazo a torcer: “Es suficiente con la gente crea que el sistema penal funciona” —decía él. “Es menester que el sistema penal funcione para limitar el poder de castigar y la gente creerá” —decía ella.

Sara miraba y admiraba el teatro humano, cuyas escenas se repetían una y otra vez. Las sorprendentes obras de la vida real no le cansaban. Ella miraba y admiraba a dos sujetos comunicados, no meramente informados. Ambos ocupados en el difícil arte de  tejer y entretejer el oficio de ser hombre y mujer, respectivamente. Ella esperaba que pronto descubrieran la conciliación y siempre la reconciliación. Pero, si fuera necesario pondría en práctica la mediación. Ella encontró la reconciliación con su esposo el día de su muerte. El viejo juez le estaba confesando todo lo que había hecho en la vida, ella escuchaba en silencio aquella impresionante confesión. Él sentado en su sillón favorito se quedó dormido con ese sueño del que no se despierta. Había dado el paso trascendental que aguarda a todo ser humano.
[Esta historia continuará]

domingo, 23 de diciembre de 2012

Cambiar el "chip"

¿Aún realizará milagros San Ivo, patrono de los abogados?


El juez solía llegar entre dos y tres de la mañana al hogar conyugal. La explicación que daba es que salía tarde de la oficina y que después jugaba dominó con los amigos en una casa que tenían exprofeso para ello. Allí tomaban una cena frugal o alguna botana. Podía narrar hasta diez juegos diferentes y las acciones de sus adversarios para que no hubiera lugar para la duda. Por esto, fue toda una sorpresa que aquel día llegara a las ocho de la noche a la casa chica.

Lo recibió Ximena, su nieta. Vivía con ellos en Xalapa desde que sus padres se fueron a vivir a Coatzacoalcos. La pregunta obvia: ¿No fuiste a jugar hoy? El juez respondió con evasivas, pero terminó diciendo que se sentía enfermo. Se negó a que llamaran al médico y no le gustaban los remedios caseros. Afirmó que una buena cena y un poco de sueño serían la mejor medicina.

La señora de la cocina se vio en aprietos, pues hacía como diez años que en esa casa no se cenaba. Improvisó algo. La cena transcurrió en silencio. Al término de la misma quedaron solamente en la mesa el viejo juez y su nieta. Ella creyó que era el momento esperado y disparó su pregunta a boca-de-jarro: ¿Hoy me contarás tu mejor caso? Lo único que sucedió fue una confusión, pues el viejo orgulloso se derrumbó y con sincera humildad contestó: <<Hace muchos años que no conozco un caso y los más lejanos no los recuerdo>>.

Sintió que a su nieta le debía una explicación: los juicios actuales no son inquisitorios…ni siquiera son juicios. Nos llega todo hecho. No tenemos que enterarnos de nada. Solamente debemos plasmar la firma en el lugar que la quiere el secretario o el proyectista. Estoy cierto que tampoco ellos conocen del caso. Tal vez tengan noticia del contenido del expediente. Jamás lo leen completo…No tiene caso, es decir, el expediente no contiene un caso. Esos pobres no aprendieron ni a contar un cuento y el caso debe ser narrado.

No había ritual sino rutina burocrática. Nadie reconstruía la historia. La semejanza con el quehacer de algunos reporteros es notable. No reportan hechos sino declaraciones…entrevistas…y con ello quieren formar a la opinión pública. Los jueces hacen otro tanto…la confesión…dos o tres testimonios…y la sentencia…Con esto creen que persuaden a la audiencia universal. ¡Qué digo! Si no hay audiencia. ..Ni siquiera la imaginaria audiencia universal. Era muy poco lo que había dicho el juez que ahora se veía que era un anciano. Los años se le vinieron encima en un instante. La nieta no creía lo que escuchaba. Su héroe mostrando los pies de barro. Pero, balbuceó, <<Y todo lo que se enseña en la escuela>>. Sin hablar más, el juez contestó para su fuero interno: <<No sé qué te hayan enseñado niña, yo solamente les cuento anécdotas>>. 

Se despidió de la nieta con un beso en la frente. Llegó a la cama matrimonial y, después de quitarse la ropa exterior, se metió en ella. Se durmió apenas puso la cabeza en la almohada. No le dijo nada a Ximena sobre los agentes del Ministerio Público, los reales jueces de horca y cuchillo. Sería tanto como confesar que en su quehacer cotidiano solamente era un sirviente y no un servidor público, mucho menos un señor de la legalidad y de la justicia.

Durmió doce horas seguidas. Al día siguiente llegó tarde al juzgado. Cuando el Secretario le pasó un montón de expedientes y se dispuso a pasar hojas para que el juez firmara sin mayor molestia, quedó mudo de la sorpresa, pues Hernández le dijo: “Regrese a su oficina, voy a leer los casos, a revisar la narración de los hechos y a evaluar la argumentación”. Quienes vieron regresar al secretario con las manos vacías y bamboleándose, pensaron que otra vez había llegado borracho.  

Clemencia se levantó de la mesa de juntas para tomar los expedientes, pensó que a partir de ese día aumentaría su trabajo. El juez la paró en seco. Después le pidió que se sentara frente a él. Fue directo al grano: “He notado que el compañero juez del Juzgado Segundo la mira con buenos ojos. Así que la puse a su disposición y aceptó en el acto. Recoja sus cosas y pase a ponerse a sus órdenes". No hubo aspavientos. Ella no comprendía lo que le sucedía al estúpido viejo, pero estaba loco si creía que la iba a sacar de la casa grande. Menos ahora que se sabía embarazada. Aunque no se lo había dicho a Hernández. No tenía la certeza de que él fuera el padre, pero haría todo lo posible por cargarle el "milagrito" al nuevo jefe.

A partir de ese día efectivamente Hernández, el viejo juez, comenzó a trabajar en su oficina hasta muy altas horas de la noche.
"Hacéte amigo del juez / no le des de qué quejarse / y cuando quiera enojarse / vos te debés encoger / pues siempre es bueno tener / palenque ande ir a rascarse." (Martín Fierro)
 [Esta historia continuará]

sábado, 22 de diciembre de 2012

Fractura de la confianza



Hernández, el viejo juez, no pertenece a la generación digital. Él soñó  y sueña con ser un actor del cambio para bien en México. El problema fue y es que sueña solo. En sus años de juventud conoció la frase célebre de Helder Cámara y la ignoró absolutamente: “Cuando sueñas solo, sólo es un sueño; cuando sueñas con otros, es el comienzo de la realidad.” Esta noche, como muchas noches, soñaba solo y únicamente envidiaba a Clemencia que dormía a pierna suelta.

Ellos convivían o, mejor dicho, mal-vivían en la casa grande, pero no soñaban juntos. Él se sabía utilizado, pero se sentía seguro e ignoraba absolutamente que había que hacer frente a una sociedad de altísimo riesgo, es decir tenía que encarar continuamente a una enorme peligrosidad que es la consecuencia directa de la misma modernización y del avance tecnológico que ésta impone en todos los sectores de la existencia humana. La verdad sea dicha, al juez le dominaban la indiferencia y el aburrimiento. ¡Veracruz una sociedad de altísimo riesgo! Nadie le había dicho que era una sociedad global (mundial), pues el mundo se había empequeñecido.

A Hernández, durante sus años de juventud, casi lo convencieron las ideas del uso alternativo del derecho, ideas que escuchó en Xalapa, Veracruz (México) de boca de Eduardo Novoa Monreal. En sus años mozos leyó El Derecho como obstáculo al cambio social, obra del mismo profesor chileno. Pero, prefirió aferrarse a la andanada de textos que surgieron en contra de aquel libro y al amparo de considerar al derecho no como un obstáculo sino como un factor del progreso o del desarrollo social. A medida que fue desplazándose dentro del Poder Judicial se fueron extinguiendo sus aspiraciones de revolucionario y hasta de reformador. El sistema lo había cooptado.

Levantó la mirada y observó la luna llena, sintió deseos de aullarle como decían que le aúllan los hombres-lobo: “Hondas transformaciones en los modelos de comunicaciones y en las relaciones humanas”. Mentís, nada ha cambiado, todo sigue igual. Se mesaba los pocos cabellos que le quedaban con desesperación, le había caído sobre su memoria –como un balde de agua fría‒ el siguiente texto de Benedicto XVI, el Papa de la Iglesia Católica:

En efecto, las nuevas tecnologías digitales están provocando hondas transformaciones en los modelos de comunicación y en las relaciones humanas. Estos cambios resaltan más aún entre los jóvenes que han crecido en estrecho contacto con estas nuevas técnicas de comunicación y que, por tanto, se sienten a gusto en el mundo digital, que resulta sin embargo menos familiar a muchos de nosotros, adultos, que hemos debido empezar a entenderlo y apreciar las oportunidades que ofrece para la comunicación.

El viejo juez no era afecto a las cosas religiosas, pero tampoco era un “come-curas”. En su juventud escuchó mencionar a ciertos personajes religiosos que hicieron cosas extrañas, por ejemplo, Monseñor Helder Cámara, Sacerdote brasileño. Fue reconocido internacionalmente por su compromiso con los pobres, su prédica por la liberación de los pueblos y su trabajo en favor de la paz. Fue un obispo que creía que era posible conmover a los empresarios, esos vampiros de la economía. Sergio Méndez Arceo fue otro caso. Él fue un prelado mexicano, ordenado en 1934, que realizó sus estudios en la Universidad Gregoriana de Roma. Siendo Obispo de la Diócesis de Cuernavaca, Morelos, se ganó el mote del “obispo rojo”. Trabajó intensamente en favor de la población marginada de México.

Esa noche obscura en la cual la luna parecía una esfera navideña colgada del cielo, a quien se consideraba a sí mismo como un hombre justo le invadió un sentimiento profundo de incertidumbre. Se sintió desgarrado, despellejado, el cambio de piel era doloroso. No, no era solamente un cambio de piel sino un cambio de época, había dado un paso hacia la postmodernidad. Necesitaba contar a sus alumnos y a su nieta los casos, importantes o no era lo de menos, que él había sentenciado. No obstante, por más que buscaba en su memoria no encontraba ninguno. Como tantos otros, también él había traicionado la ritualidad. Se había cerrado como un ostión.

Sobre el buró estaba el libro de Jesús Zamora Pierce Juicio Oral, Utopía y Realidad. Con la lectura de esta obra breve se había convencido de que la Reforma Penal de 2008 no significaba un cambio de un sistema inquisitorio a un sistema acusatorio sino quería decir otra cosa. Otra vez se le revelaba el secreto y debía compartirlo antes de que fuera demasiado tarde. Antes de que en Veracruz el sistema de justicia penal se pusiera en funcionamiento. De pronto, había perdido la confianza en las instituciones. Más intenso aún, ya no se fiaba de nadie y de sí mismo menos que de nadie.

[Esta historia continuará]