miércoles, 9 de enero de 2013

Leviatán

La bestia

3.1. Los palacios de justicia y los tribunales son para los de arriba, los de abajo solamente llegan a ellos cuando están en la prisión, ya condenados por algún delito y se va a cumplir el rito para formalizar el castigo que están sufriendo. ¿Qué hacer? Se pregunta alguien que ha sido y es un huésped privilegiado de los tribunales por muchos años.

Que se comiencen a realizar juicios. Esta es la respuesta, mi respuesta. 

 

En primer lugar el juicio sólo lo debe hacer el juez y no otro funcionario. La inmediación es un principio de alto contenido político que marca la configuración personalizada de la administración de justicia.

 

Esos juicios deben ser públicos, pero verdaderamente públicos, de modo que la sociedad pueda observar cómo sus jueces administran justicia.

 

Esos juicios deben permitir la defensa y ello sólo se logra mediante la concentración de la prueba —que permite discutir el valor de los elementos probatorios— y de una estructura verdaderamente contradictoria que permita discutir, ante el juez, la mejor solución del caso.
Lo anterior únicamente se puede lograr en el seno de los juicios orales.

Esto que es vital para la democracia mexicana ya está en el texto constitucional, el desafío es que los jueces lo trasformemos en realidad social.

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Esta parte del Apocalipsis de su abuelo, fue lo último que leyó Ximena, lo cual le obligó a realizar un repaso de las fases del proceso penal acusatorio y oral. Primero esquematizó las etapas del procedimiento penal:

PROCEDIMIENTO PENAL EN VERACRUZ
ETAPA INICIAL
PROCESO
SEGUNDA INSTANCIA
EJECUCIÓN
 
1
 
2
 
3
 
4

Después realizó una aproximación a la Etapa del proceso penal para distinguir sus fases. Su esquema quedó de la siguiente manera:

PROCESO PENAL
1.- Control previo
2.- Investigación formalizada
3.- Preparación del juicio oral
4.- Juicio oral
La fase de control previo comprende desde que el imputado quede a disposición del juez hasta el auto que resuelve sobre la vinculación a proceso.
Esta fase comprende desde el auto de vinculación a proceso hasta el vencimiento del plazo para formular la acusación.
La preparación del juicio oral comprende desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura del juicio oral.
El juicio oral comprende desde que se recibe el auto de apertura a juicio hasta la emisión de la sentencia que pone fin al proceso.


Todo el proceso se debe construir a partir de la idea del juicio oral.

Su abuelo de repente ya no recordaba lo que había sucedido el día de ayer. En cambio, podía narrar cosas de sus años mozos. Cuando ella leyó la pregunta acerca del “qué hacer” de los jueces. En el acto recordó una de las pláticas más sabrosas del padre de su padre. Le comentó como el marxismo había conseguido poner en el imaginario colectivo la convicción de que todos los seres humanos tenemos una misión histórica, un qué hacer para realizar en la vida.

Otros pensamientos se ocuparon de la tarea de enseñar cómo descubrir dicha misión. Es decir, en las circunstancias concretas de Ximena, ella podía tomar la punta de la hebra de su misión histórica. En clases, un profesor sostenía que a ese <<qué hacer>> inscrito en la existencia de cada quien, desde siempre se le había llamado “vocación". No le cabía la menor duda, el abuelo internalizó en su ser aquella idea marxista de su juventud. Por esto, ante las circunstancias de la última época de su vida personal, la pregunta emergió con toda naturalidad: ¿Qué hacer? La respuesta también: <<poner el juicio oral en el centro del proceso penal>>.

La noticia, el secreto, que su abuelo le quería dar a los veracruzanos es que los juicios orales se debían realizar contra viento y marea. No había reticencias para poner en funcionamiento el Sistema de Justicia Penal nuevo, lo que había era una resistencia brutal en el interior de todos y cada de los operadores del sistema y en los componentes de la socidad misma dominados por una cultura inquisitiva. Dentro de cada cual había un corazón dividido: un impulso llevaba a querer que las cosas cambiaran para bien en materia penal y procesal penal; pero, las fuerzas del reposo y de la complacencia del status quo pesaban y pesaban mucho.

La descripción de Agustín Basave Fernández del Valle se tornaba muy expresiva ante las perspectivas de hacer realidad la reforma penal (2008). “Con perdón de la palabra, el hombre es un centauro metafísico: mitad bestia, mitad ángel”. La bestia que habitaba dentro de cada quien se oponía tenazmente a la Reforma Constitucional en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública, que hoy ya comprende también las Reformas Constitucionales en materia de Derechos Humanos y Juicio de Amparo.

Ximena con su pensamiento individualista propio de la época que le había tocado vivir no comprendía el pensamiento social de su abuelo. El viejo juez había comprendido que no solamente era un conflicto individual manifestado en un corazón dividido sino un conflicto social de grandes dimensiones, el viejo juez vio, con prístina claridad, que la lucha era contra el Leviatán, la otra bestia. Por esto, a su escrito le dio el nombre de “Apocalipsis” (revelación).

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