martes, 18 de septiembre de 2012


Sistemas inquisitivos y escritos


El hecho de descalificar todo lo que sucede en el proceso penal actual llamándole “inquisitivo”, deja la impresión de que es posible destruir todo lo existente para comenzar de nuevo. ¡Nada más falso que adoptar como juicio rector de la implementación de un sistema nuevo,  la creencia de que se va a partir de cero!

En 1985, Eugenio Raúl Zaffaroni escribió:

No debemos desprendernos del criterio “acusatorio-inquisitorio”, puesto que se trata de una brújula general, y la marcada inclinación al inquisitorio será autoritaria, por regla general, pero estamos conscientes de que una correcta tutela de los Derechos Humanos requiere también ciertos poderes dispositivos en el tribunal, para suplir a las partes. (1986: 186).

No se escribirá en una página en blanco la historia del Sistema de Justicia Penal nuevo. El ciudadano lo sabe, lo sabemos todos.

Cuando se trata de criticar el estado actual de las cosas, suele  afirmarse que <<El proceso inquisitivo –monárquico- maneja un procedimiento escrito, burocrático, formalista, incomprensible, ritualista, poco creativo y especialmente preocupado por el trámite y no por la solución del conflicto>>. Esta crítica es el resultado de algo parecido al juego de niños denominado el “teléfono descompuesto” y todo se aclara si se logra llegar a la fuente de primera mano. Sólo se notarán algunas palabras previas.

¿Desde qué enfoque es válido referirse al sistema de justicia penal como “inquisitivo y escrito”? No desde el enfoque de la norma, pues la Constitución Política de México contiene a partir de 1917, y quizás desde 1857, los principios liberales en lo que respecta al juicio de lo criminal. Tampoco desde el enfoque del valor, pues los principios aludidos se inspiran en valores liberales también: libertad, igualdad, fraternidad.

La Reforma Constitucional en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública tiene su punto de arranque en algunos datos de realidad y, en el tema que ocupa esta entrada, Juan Enrique Vargas Viancos expone uno de esos datos de manera magistral:

Probablemente lo que más ha condicionado y distinguido la administración de los tribunales es la idea del expediente. De hecho, la imagen natural que se asocia con un tribunal es la de un mesón de entrada con grandes anaqueles repletos de ellos, y luego la de un conjunto de funcionarios rodeados, e incluso a veces tapados, por rumas de carpetas con antecedentes. El expediente, obviamente, simboliza el procedimiento escrito. Pero, más allá de ello, expresa una forma de concebir la función judicial y, por ende, de organizar a los tribunales (2007: 28-29).

Este autor explica que es probablemente por ello –por lo fuertemente incorporado que se encuentra a la cultura legal y judicial‒ que muchas de las reformas destinadas a oralizar los procedimientos poco pudieron cambiar el rol que juegan los expedientes judiciales y, por ende, mantuvieron la tradicional organización judicial. El autor citado nos dice también que hubo quienes pensaron que las reformas adversariales iban a terminar definitivamente con los expedientes, que iban a desaparecer de los tribunales. La realidad es que actualmente sólo pocos países han logrado desarrollar metodologías de trabajo alternativas, por lo que los expedientes siguen en la mayoría gobernando el trabajo judicial de la misma manera como históricamente lo han hecho.

El texto original, la fuente de primera mano de la crítica aludida, se denomina “Perspectivas de uso e impactos de las TIC en la administración de justicia en América Latina” y se trata de un documento elaborado por un trabajo conjunto entre el Centro de Estudios de las Américas (CEJA) y Microsoft:

La administración de Justicia en América Latina ha sido vista con altos niveles de desconfianza por la ciudadanía. Sin pretender hacer un análisis exhaustivo, en la generalidad de nuestros países, el modelo tradicional de impartición de justicia es señalado usualmente como lento, excesivamente formalista y burocrático, y lejano para el común de la ciudadanía (Fecha de lectura: 17/09/2012)

Esta observación y otras más contenidas en el Libro Blanco de la administración de justicia, están encaminadas a proponer las tecnologías de la información [TIC] como la metodología alternativa para encarar el desafío que significa la idea del expediente.

Libro blanco e-justicia:


Bibliografía


Vargas Viancos, J. E. (2007). La nueva generación de reformas procesales en Latinoamérica. En S. García Ramírez , & O. Islas De González Mariscal, Panorama Internacional sobre Justicia Penal (págs. 25-64). México: UNAM.

Zaffaroni, E. R. (abril-junio de 1986). Los Derechos Humanos y Sistemas Penales en América Latina Informe Final, septiembre de 1985. Revista Mexicana de Justicia, IV(2), 17-438.

 

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